02.11.2022
Desde el pasado 13 de julio del presente año los contribuyentes del impuesto de renta y del impuesto a las ventas que adquieran bienes y servicios a crédito, deberán confirmar el acuse de recibido de la factura electrónica de venta y el recibo del bien o servicio mediante mensaje electrónico, de lo contrario, estos costos y gastos no podrán ser imputados en las declaraciones de renta como un gasto deducible ni se podrá tomar el IVA como impuesto descontable.
Nombre: Gineth Vargas
- Cargo: Senior Mercadeo
- Teléfono: 3006601651
- E-Mail: gvargas(at)rbcol.co
- Web: www.russellbedford.com.co/
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